FOB – CONSULTA 05/2012

CONSULTA 005/2012 Cuestión planteada: ¿En un LC con AWB (transporte aéreo), se puede utilizar como Incoterm FOB Hong Kong a continuación de la descripción de la mercancía? Respuesta: Según los …

CONSULTA 005/2012

Cuestión planteada:

¿En un LC con AWB (transporte aéreo), se puede utilizar como Incoterm FOB Hong Kong a continuación de la descripción de la mercancía?

Respuesta:

Según los Incoterms 2010, el FOB sólo ha de utilizarse para el transporte marítimo o por vías navegables interiores. No obstante, lo anterior, teniendo en cuenta que la revisión de los incoterms no deroga las versiones anteriores, las partes podrían utilizar el término FOA (Fob Aeropuerto), siempre que reseñen la versión “Incoterms 1980”.

En la práctica se viene utilizando, indebidamente, el término FOB para el transporte aéreo; aunque la regla “FCA aeropuerto” consideramos es la más adecuada, y donde el vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado de acuerdo con A4. En consecuencia, el comprador no debe soportar ningún coste por la manipulación de la mercancía en la Terminal de Carga de origen.

Ésta es nuestra opinión que se somete a otra mejor fundada.