Consulta 97 – Fuera plazo, otro banco

CONSULTA 97 DESCRIPCIÓN Se somete a consideración del grupo de expertos una consulta relacionada con la fecha final y el lugar para la presentación de los documentos en utilización de …

CONSULTA 97

DESCRIPCIÓN

Se somete a consideración del grupo de expertos una consulta relacionada con la fecha final y el lugar para la presentación de los documentos en utilización de un crédito documentario.

El Banco E del país M emite, por swift, un crédito documentario a través de su filial el Banco A en el país S. En el mensaje se indica como lugar para la presentación de los documentos el país S.

A partir de ahí, se plantean dos situaciones distintas:

PREGUNTAS

 

  1. El Banco A es a su vez banco confirmador y el crédito es disponible para pago diferido en sus cajas. La cuestión que se plantea es si la fecha final para la presentación de los documentos hay que considerarla en las cajas del Banco A, confirmador, o en las cajas de cualquier otro banco en el país S.
  2. El Banco A es sólo avisador y el crédito es disponible en las cajas de su matriz, el Banco E, para pago diferido. En esta situación, lo que se plantea es si la fecha final debe considerarse en las cajas del Banco E, emisor del crédito, o en las de cualquier banco en el país S.

 

ANÁLISIS

 

  • El Art. 42 de las UCP 500 establece en su apartado a) que: “En todos los créditos deberá indicarse una fecha final y un lugar de presentación de los documentos para su pago, aceptación o, con excepción de los créditos libremente negociables, un lugar de presentación de los documentos para su negociación. …”
  • El Art. 10 de las UCP 500 indica en su apartado b.i) que: “… La presentación de los documentos debe hacerse al Banco Emisor o al Banco Confirmador, si lo hubiese, o a cualquier otro Banco Designado.”
  • De los dos supuestos que se plantean, el segundo muestra una clara incongruencia, ya que siendo disponible en las cajas del Banco emisor E en el país M, se establece como lugar de presentación de los documentos el país S, sin concretar un Banco Designado en dicho país S.
  • El Art. 44 de las UCP 500, apartado a) matiza que: “Si la fecha de vencimiento del crédito y/o el último día de plazo para la presentación de documentos estipulado por el crédito, o que se pueda aplicar en virtud del Art. 43 [Limitaciones a la fecha final], coincide con un día en el cual esté cerrado el banco al que deben ser presentados, ……, el último día del plazo a partir de la fecha de embarque para la presentación de los documentos, …, se ampliará al primer día siguiente en el que dicho banco esté abierto.”

 

RESPUESTA

 

  1. En el primero de los escenarios que se plantea, la fecha final para la presentación de documentos debe considerarse exclusivamente en las cajas del Banco confirmador A, de modo que si el beneficiario previamente presenta los documentos a otro banco en el país S, deberá hacerlo con antelación suficiente para que lleguen al citado banco confirmador antes o en la fecha final prevista en el crédito.
  2. El segundo de los escenarios plantea una problemática distinta. El beneficiario podrá presentar los documentos a cualquier banco del país S antes o en la fecha final establecida en el crédito. A partir de ahí, bien porque la carta remesa de documentos lleve una fecha dentro de la validez del crédito, bien porque se certifique en la misma que la presentación tuvo lugar en plazo, el Banco emisor E del país M, deberá admitir como buena la presentación, pudiendo darse el caso, por distintas vicisitudes, de que los documentos lleguen a su poder con una demora importante. Eso sí, las consecuencias de dicha demora pueden llegar a afectar también al resto de intervinientes, al ordenante si necesita los documentos para despachar la mercancía y al beneficiario si el pago fuera a la vista.